15 jul 2014

Pedido de nulidad asamblea Cooperativa Río Ceballos

La Asamblea extraordinaria convocada por la Cooperativa de Rió Ceballos  se realizó el 13 de junio para tratar dos temas  puntuales:  A) Autorización para constitución de hipoteca en garantía de un crédito destinado al desarrollo del Servicio de Internet y colocar las antenas pertinentes; y  B) Proyecto de reforma del Estatuto social, para armar las delegaciones distritales por superar el número de 5000 socios.
 La Asamblea se desdobló y se realizó en dos extensas jornadas. En la primera parte se trató el tema del servicio de Internet y la votación fue favorable a la posición del Consejo de Administración de dicha Cooperativa.

En la segunda parte también se aprobó la moción del Consejo de Administración, cuyo tema principal es el cambio al mecanismo de representación de los asociados por delegados, de acuerdo a lo que exige la Ley de Cooperativas.

Un grupo de socios, a pesar de la realización y aprobación de la asamblea, ha presentado frete al Inaes (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social), un pedido de impugnación que consta de 6 páginas y que en el párrafo del pedido de nulidad dice:
Esta situación torna imperiosa la necesidad de solicitar LA NULIDAD DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE FECHA, por pretensa violación del artículo 31 del Estatuto de nuestra Cooperativa: “Art. 31 Las Asambleas, tanto Ordinarias como Extraordinarias, serán convocadas con quince (15) días de anticipación, por lo menos, a la fecha de su realización. La convoctaria incluirá el orden del día a considerar y determinará fecha, hora, lugar de realización y carácter de la Asamblea. Con la misma anticipación, la realización de la Asamblea será comunicada a la autoridad de aplicación y al órgano local competente, acompañando, en su caso, la documentación mencionada en el artículo 25 de este estatuto y toda otra documentación que deba ser considerada por la Asamblea. Dichos documentos y el padrón de asociados, serán puestos a la vista y a disposición de los asociados en el lugar en donde se acostumbren a exhibir los anuncios de la Cooperativa. Los Asociados serán citados por escrito a la Asamblea, haciéndoseles saber la convocatoria y el orden del día pertinente y el lugar donde se encuentra a su disposición la documentación a considerar.”
(Ver Pedido de Impugnación completo en nuestro blog)

Ahora bien, este pedido se suma a las innumerables quejas de los vecinos  a lo largo del tiempo de la existencia de la Institución por razones que tienen que ver con el manejo del Consejo de Administración respecto del  servicio de la red de agua, de las tarifas y cómo se toman las decisiones en cada asamblea entre otras  observaciones.  Sin embargo falta mucha fuerza de los socios a la hora de de votar, porque siempre la cantidad de presentes descontentos  es insuficiente  y no alcanza para oponerse cuantitativa y cualitativamente a la propuesta de quienes rigen los destinos de la Cooperativa de Río Ceballos.

Cabe preguntarse qué está pasando del lado de quienes están en desacuerdo que no participan masivamente en el momento justo de manera organizada y propositiva. ¿Dónde está el error?  

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