No se
construirán countries en Río Ceballos
El Concejo deliberante de
la ciudad se vivió un momento histórico, que significó un gran paso para Río
Ceballos. Los ediles aprobaron una nueva ordenanza de fraccionamientos para la
ciudad. Esta ordenanza establece el marco normativo para nuevos
fraccionamientos de tierra, ya sean urbanizaciones o subdivisiones, que
signifiquen la modificación o ampliación del núcleo urbano existente.
A partir de este nuevo instrumento se busca promover el desarrollo
urbano sustentable en la Ciudad de Río Ceballos.
Como antecedente puede recordarse que en Marzo de este año el
Concejo aprobó una ordenanza que estableció la suspensión administrativa por
180 días de permisos urbanísticos para nuevos loteos. Esta decisión estuvo
vinculada con la necesidad de planificar el desarrollo de la ciudad y
regular el asentamiento de nuevos emprendimientos urbanos frente al crecimiento
demográfico que experimenta la ciudad como resultado de migraciones internas
-principalmente desde la capital cordobesa hacia las ciudades serranas-.
Esta expansión amenaza un crecimiento desordenado sobre zonas rurales
o áreas naturales con presencia de bosque nativo, y demanda ampliación de
infraestructuras y equipamiento urbano. La tendencia de crecimiento de la
ciudad es por extensión, sin embargo solo un tercio de la ciudad parcelada está
construida u ocupada, lo cual demuestra una extensión innecesaria. Por otra
parte el avance urbano sobre las cuencas hídricas pone en riesgo las fuentes de
agua naturales que son “la fábrica de agua” para estas ciudades serranas
atravesadas desde hace tiempo por la crisis hídrica.
Desde la aprobación de dicha suspensión administrativa, el equipo
de profesionales de Planeamiento y Desarrollo Urbano trabajó intensamente en la
producción de este nuevo código urbano, que también integra las conclusiones y
aportes del Seminario Sobre Río | Tica San “Ciudades Inclusivas y Arquitecturas
Sociales” (realizado conjuntamente entre la Facultad de Arquitectura de la UNC
y el Municipio en Septiembre de este año). Este encuentro de cinco jornadas
proporcionó un espacio de debate y generación de propuestas, y contó con la
participación de vecinos, organizaciones sociales, instituciones y
profesionales de diversas disciplinas con reconocida trayectoria en materia de
ordenamiento territorial.
Los profesionales a cargo de la elaboración del proyecto, hoy
ordenanza municipal son: Directora de Planificación Urbana – Arq. Cecilia
Becerra, Arq. Sol Blanc, Arq. Sergio Quilaleo, Nicolás Talia. Del Área de
Agrimensura- Ing. Agrimensor Dante Masieri, Director de Obras Privadas Gabriel
Campos, Dr. Ramiro Herrera Asesor Legal del municipio y el Secretario de
Planeamiento y Desarrollo Urbano Arq. Leonardo Sassi.
1- AREAS DE RESERVAS
NATURALES: Tanto en la Reserva Hídrica Provincial La Quebrada como en la
Reserva Hídrica Municipal Los Manantiales no se permitirán nuevos
fraccionamientos de tierra. De esta manera se busca desestimar la extensión
urbana en áreas que forman parte de la reserva sustentable del agua para la
ciudad, protegiendo las cuencas hídricas y preservando estas unidades
ambientales serranas. Las disposiciones particulares para estas áreas serán
abordadas en los respectivos planes de manejo de las reservas.
2-ENGLOBAMIENTO PARCELARIO: Se proponen áreas de
unión parcelaria en zonas correspondientes a antiguos loteos, cuyas parcelas
poseen pequeñas superficies y están localizadas en sectores de alto valor
ambiental, con presencia de bosque nativo y con importantes pendientes.
3- ZONIFICACIÓN: La normativa propone a
partir de criterios urbanos, funcionales y ambientales una zonificación del
territorio de Río Ceballos, estableciendo indicadores urbanísticos
diferenciados -tales como superficie mínima de parcelas o permiso de
subdivisión en propiedad horizontal- para las nuevas urbanizaciones de manera
de garantizar el uso racional del suelo. De esta manera se alienta la
consolidación urbana en sectores con accesibilidad vial, con dotación de
servicios o posibilidad de extensión de redes infraestructura y menores
pendientes
4- PROCEDIMIENTOS: el código regula
claramente los procedimientos necesarios para la aprobación de fraccionamientos
de tierras en el ámbito municipal; es decir establece un recorrido ordenado y
racional de los expedientes de urbanización valorando especialmente los
certificados que otorga la Provincia en relación a Factibilidad de Agua e
Impacto Ambiental para la aprobación definitiva del loteo.
5- BARRIOS PRIVADOS: No se admitirán en la
ciudad de Río Ceballos Loteos Privados o Urbanizaciones Cerradas en cualquiera
de sus formas -barrios cerrados, country club, barrios fincas, barrios, chacras
y similares- quedando prohibido cualquier tipo de fraccionamiento cuyo perímetro
se cerque con algún tipo de vallado, o posea accesos controlados, destinado a
restringir el libre acceso y circulación de personas.
Conceptualmente se intenta promover una ciudad inclusiva,
alentando fuertemente la integración urbana, social y cultural de nuevas
urbanizaciones con la trama urbana y su entorno existente, valorando
especialmente el rol de articulador social que cumple el espacio público
barrial y urbano.
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