8 ene 2011

Editorial (Enero)

Los presupuestos de Estado

Los gobiernos sean nacionales, provinciales o locales, administran los recursos públicos y debieran distribuirlos adecuadamente de acuerdo a las necesidades y prioridades de cada realidad social, es decir: asegurar los bienes públicos vitales como la seguridad social, asistencia social, salud, educación, cultura, deporte, obras públicas, entre otras y  para ello se confeccionan los presupuestos de acuerdo a los ingresos y las políticas fiscales y de desarrollo que cada gobierno haya rezado en su campaña y plataforma. El documento presupuestario es una institución jurídica que sanciona la competencia del poder legislativo para controlar la actividad financiera del Estado en su calidad de representantes de la soberanía popular. 
Las políticas fiscales de estado pueden favorecer la centralización como la descentralización de la economía, el gobierno central puede poner las mismas en función de los intereses sociales y controlar que los gobiernos provinciales y locales cumplan en su distribución o centralizar la economía y manejar los recursos desde el poder central. En este sentido el presupuesto es un medio para prever y decidir la producción que se va a realizar en un periodo determinado asignando formalmente los recursos que esa producción exige en la práctica de una institución, sector o región. El carácter práctico del presupuesto implica que debe concebírselo como un sistema administrativo que se materializa por etapas, es decir, formulación, discusión, sanción, ejecución, control y evaluación y debiera ser un instrumento del sistema de planificación, el reflejo de una política presupuestaria única, un proceso vertebrado y un instrumento en el que debieran aparecer todos los elementos.
El principio de unidad refiere a la obligatoriedad de que los presupuestos de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo a la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente de acuerdo a los elementos fundamentales que hacen al presupuesto, como su carácter jurídico, político y económico.   
Ahora bien, todo lo anteriormente descrito es producto de una teoría conceptual que en la vida cotidiana no sucede y en este punto nos preguntamos, ¿qué pasa cuando un presupuesto no es aprobado formalmente por las vías correspondientes y con la participación ciudadana adecuada?
¿Qué pasa cuándo se aprueba correctamente en carácter de definitivo y se altera por razones no contempladas? ¿Qué pasa cuando una partida se acaba antes de tiempo y se usa dinero de otras para cubrirla? ¿Qué pasa cuando se gasta a cuenta de la misma partida con fondos del presupuesto del año siguiente?     
Estas y otras preguntas surgen sistemáticamente, y por supuesto las respuestas son efímeras, cuando las hay. Lo que está claro es que si no hay control ciudadano sobre la  ejecución de los presupuestos, sean aprobados o no, siempre serán materia de discusión política o jurídica por aplicación incorrecta. La aprobación de los presupuestos pasa a ser una mera formalidad, si quienes los ejecutan no respetan democrática y políticamente las decisiones que se toman en las vías correspondientes.

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