29 nov 2012

Río Ceballos


No se construirán countries en Río Ceballos

El Concejo deliberante de la ciudad se vivió un momento histórico, que significó un gran paso para Río Ceballos. Los ediles aprobaron una nueva ordenanza de fraccionamientos para la ciudad. Esta ordenanza establece el marco normativo para nuevos fraccionamientos de tierra, ya sean urbanizaciones o subdivisiones, que signifiquen la modificación o ampliación del núcleo urbano existente.
A partir de este nuevo instrumento se busca promover el desarrollo urbano sustentable en la Ciudad de Río Ceballos.

Como antecedente puede recordarse que en Marzo de este año el Concejo aprobó una ordenanza que estableció la suspensión administrativa por 180 días de permisos urbanísticos para nuevos loteos. Esta decisión estuvo vinculada con la necesidad de planificar el desarrollo de la ciudad  y regular el asentamiento de nuevos emprendimientos urbanos frente al crecimiento demográfico que experimenta la ciudad como resultado de migraciones internas -principalmente desde la capital cordobesa hacia las ciudades serranas-.  Esta expansión amenaza un crecimiento desordenado sobre zonas rurales  o áreas naturales con presencia de bosque nativo, y demanda ampliación de infraestructuras y equipamiento urbano. La tendencia  de crecimiento de la ciudad es por extensión, sin embargo solo un tercio de la ciudad parcelada está construida u ocupada, lo cual demuestra una extensión innecesaria. Por otra parte el avance urbano sobre las cuencas hídricas pone en riesgo las fuentes de agua naturales que son “la fábrica de agua” para estas ciudades serranas atravesadas desde hace tiempo por la crisis hídrica.

Desde la aprobación de dicha suspensión administrativa, el equipo de profesionales de Planeamiento y Desarrollo Urbano trabajó intensamente en la producción de este nuevo código urbano, que también integra las conclusiones y aportes del Seminario Sobre Río | Tica San “Ciudades Inclusivas y Arquitecturas Sociales” (realizado conjuntamente entre la Facultad de Arquitectura de la UNC y el Municipio en Septiembre de este año). Este encuentro de cinco jornadas proporcionó un espacio de debate y generación de propuestas, y contó con la participación de vecinos, organizaciones sociales, instituciones y profesionales de diversas disciplinas con reconocida trayectoria en materia de ordenamiento territorial.

Los profesionales a cargo de la elaboración del proyecto, hoy ordenanza municipal son: Directora de Planificación Urbana – Arq. Cecilia Becerra, Arq. Sol Blanc, Arq. Sergio Quilaleo, Nicolás Talia. Del Área de Agrimensura- Ing. Agrimensor Dante Masieri, Director de Obras Privadas Gabriel Campos, Dr. Ramiro Herrera Asesor Legal del municipio y el Secretario de Planeamiento y Desarrollo Urbano Arq. Leonardo Sassi.

Los 5 Puntos centrales de la Nueva Ordenanza de Fraccionamientos de Río Ceballos:


1- AREAS DE RESERVAS NATURALES: Tanto en la Reserva Hídrica Provincial La Quebrada como en la Reserva Hídrica Municipal Los Manantiales no se permitirán nuevos fraccionamientos de tierra. De esta manera se busca desestimar la extensión urbana en áreas que forman parte de la reserva sustentable del agua para la ciudad, protegiendo las cuencas hídricas y preservando estas unidades ambientales serranas. Las disposiciones particulares para estas áreas serán abordadas en los respectivos planes de manejo de las reservas.

2-ENGLOBAMIENTO PARCELARIO: Se proponen áreas de unión parcelaria en zonas correspondientes a antiguos loteos, cuyas parcelas poseen pequeñas superficies y están localizadas en sectores de alto valor ambiental, con presencia de bosque nativo y con importantes pendientes.

3- ZONIFICACIÓN: La normativa propone a partir de criterios urbanos, funcionales y ambientales una zonificación del territorio de Río Ceballos, estableciendo indicadores urbanísticos diferenciados -tales como superficie mínima de parcelas o permiso de subdivisión en propiedad horizontal- para las nuevas urbanizaciones de manera de garantizar el uso racional del suelo.  De esta manera se alienta la consolidación urbana en sectores con accesibilidad vial, con dotación de servicios o posibilidad de extensión de redes infraestructura y menores pendientes

4- PROCEDIMIENTOS: el código regula claramente los procedimientos necesarios para la aprobación de fraccionamientos de tierras en el ámbito municipal; es decir establece un recorrido ordenado y racional de los expedientes de urbanización valorando especialmente los certificados que otorga la Provincia en relación a Factibilidad de Agua e Impacto Ambiental para la aprobación definitiva del loteo.

5- BARRIOS PRIVADOS: No se admitirán en la ciudad de Río Ceballos Loteos Privados o Urbanizaciones Cerradas en cualquiera de sus formas -barrios cerrados, country club, barrios fincas, barrios, chacras y similares- quedando prohibido cualquier tipo de fraccionamiento cuyo perímetro se cerque con algún tipo de vallado, o posea accesos controlados, destinado a restringir el libre acceso y circulación  de personas.
Conceptualmente se intenta promover una ciudad inclusiva, alentando fuertemente la integración urbana, social y cultural de nuevas urbanizaciones con la trama urbana y su entorno existente, valorando especialmente el rol de articulador social que cumple el espacio público barrial y urbano.



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